Art. 5
Actividades de la Comisión
En vigor desde 20 dic 2006
Artículo 5
Actividades de la Comisión
La Comisión, en cooperación con los Estados miembros, garantizará la difusión, el mantenimiento y la promoción de la NACE Rev. 2, sobre todo:
a)
elaborando, actualizando y publicando notas explicativas de la NACE Rev. 2;
b)
redactando y publicando directrices para clasificar unidades estadísticas con arreglo a la NACE Rev. 2;
c)
publicando cuadros de equivalencias entre la NACE Rev. 1.1 y la NACE Rev. 2 y entre la NACE Rev. 2 y la NACE Rev. 1.1; y
d)
trabajando para mejorar la coherencia con otras nomenclaturas sociales y económicas.
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