Art. 12 · Entrada en vigor y aplicación

Art. 12

Entrada en vigor y aplicación

En vigor desde 19 dic 2006
Artículo 12 Entrada en vigor y aplicación El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de marzo de 2007.
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