Art. 9 · Actualización de los anexos

Art. 9

Actualización de los anexos

En vigor desde 18 dic 2006
Artículo 9 Actualización de los anexos Las medidas relativas a la adaptación técnica de los anexos se aprobarán de conformidad con el procedimiento de reglamentación con control a que se refiere el artículo 11, apartado 3.
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