Art. 5
Conservación de paisajes y edificios tradicionales
En vigor desde 15 dic 2006
Artículo 5
Conservación de paisajes y edificios tradicionales
1. Las ayudas para la conservación de paisajes y edificios tradicionales serán compatibles con el mercado común con arreglo al artículo 87, apartado 3, letra c), del Tratado y estarán exentas de la obligación de notificación del artículo 88, apartado 3, del Tratado si cumplen lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del presente artículo.
2. Las ayudas podrán cubrir hasta el 100 % de los costes reales correspondientes a inversiones o instalaciones físicas destinadas a la conservación de los aspectos patrimoniales sin finalidad productiva de las explotaciones agrarias, como los elementos arqueológicos o históricos. Esos costes podrán incluir una compensación adecuada por las obras realizadas por el propio agricultor o sus trabajadores, hasta un máximo de 10 000 EUR anuales.
3. Podrán concederse ayudas que cubran hasta un 60 %, o un 75 % en las zonas desfavorecidas o en las zonas indicadas en el artículo 36, letra a), incisos i), ii) y iii), del Reglamento (CE) no 1698/2005, delimitadas por los Estados miembros conforme a los artículos 50 y 94 de ese mismo Reglamento, de los costes reales correspondientes a inversiones o instalaciones físicas destinadas a la conservación de los aspectos patrimoniales con finalidad productiva de las explotaciones, como los edificios agrarios, siempre que esa inversión no entrañe ningún aumento de la capacidad de producción de la explotación.
Cuando se produzca un aumento de la capacidad de producción, se aplicarán los porcentajes normales de ayuda a la inversión establecidos en el artículo 4, apartado 2, respecto de los gastos subvencionables que conlleve la ejecución de las obras pertinentes utilizando materiales normales contemporáneos. Podrán concederse ayudas complementarias que cubran hasta el 100 % de los gastos suplementarios que genere la utilización de los materiales tradicionales necesarios para mantener las características patrimoniales del edificio.
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