Art. 8
Capacidad jurídica y localización
En vigor desde 12 dic 2006
Artículo 8
Capacidad jurídica y localización
1. El Observatorio tendrá personalidad jurídica. En cada uno de los Estados miembros gozará de la más amplia capacidad jurídica reconocida a las personas jurídicas por su legislación; podrá, en particular, adquirir o enajenar bienes muebles e inmuebles y comparecer en juicio.
2. La sede del Observatorio estará situada en Lisboa.
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