Art. 8 · Capacidad jurídica y localización

Art. 8

Capacidad jurídica y localización

En vigor desde 12 dic 2006
Artículo 8 Capacidad jurídica y localización 1.   El Observatorio tendrá personalidad jurídica. En cada uno de los Estados miembros gozará de la más amplia capacidad jurídica reconocida a las personas jurídicas por su legislación; podrá, en particular, adquirir o enajenar bienes muebles e inmuebles y comparecer en juicio. 2.   La sede del Observatorio estará situada en Lisboa.
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