Art. 27

Art. 27

En vigor desde 12 dic 2006
Artículo 27 Salvo cuando se disponga lo contrario en el presente título, los procedimientos para la autorización de comercialización expuestos en el presente título se regirán por las disposiciones del Reglamento (CE) no 726/2004 o de la Directiva 2001/83/CE.
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