Art. 6

Art. 6

En vigor desde 11 dic 2006
Artículo 6 El Reglamento (CE) no 1898/2005 se modifica como sigue: 1) El anexo VII se sustituye por el texto del anexo VI del presente Reglamento. 2) El anexo XIII se sustituye por el texto del anexo VII del presente Reglamento. 3) Los anexos XV y XVI se sustituyen por el texto que figura en el anexo VIII del presente Reglamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2006:1919:oj#art-6