Art. 1

Art. 1

En vigor desde 7 dic 2006
Artículo 1 El artículo 2 del Reglamento (CE) no 1615/2000 queda modificado como sigue: 1) En el párrafo primero, la fecha del «31 de diciembre de 2006» se sustituye por el «31 de diciembre de 2008». 2) El texto del párrafo segundo se sustituye por el siguiente: «No obstante, la necesidad de mantener o no la excepción se revisará una vez que se hayan adoptado las nuevas normas de origen del sistema de preferencias generalizadas.».
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