Art. 5 · Prefinanciación

Art. 5

Prefinanciación

En vigor desde 28 nov 2006
Artículo 5 Prefinanciación Una vez que las partes hayan firmado el convenio específico, a petición del beneficiario podrá concederse un adelanto del 70 % del importe total para la acción del laboratorio y la organización de seminarios.
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