Art. 10 · Información adicional

Art. 10

Información adicional

En vigor desde 7 nov 2006
Artículo 10 Información adicional Además de los datos comunes esenciales indicados en el artículo 9, los Estados miembros podrán proporcionar cada año a la Comisión información adicional sobre los incendios forestales que hayan afectado a una superficie mínima de 50 hectáreas. En ese caso, la información adicional incluirá el nivel de daño (bajo, medio o elevado) y la localización.
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