Art. 32 · Entrada en vigor

Art. 32

Entrada en vigor

En vigor desde 24 oct 2006
Artículo 32 Entrada en vigor El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Se aplicará desde el 1 de enero de 2007 al 31 de diciembre de 2013.
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