Art. 1 · Ámbito de aplicación

Art. 1

Ámbito de aplicación

En vigor desde 5 oct 2006
Artículo 1 Ámbito de aplicación El presente Acuerdo establece los principios, normas y procedimientos que regulan: — la cooperación económica, financiera, técnica y científica en el sector pesquero con el fin de establecer una pesca responsable en aguas comoranas para garantizar la conservación y la explotación sostenible de los recursos pesqueros y desarrollar el sector pesquero en las Comoras, — las condiciones de acceso de los buques de pesca comunitarios a las aguas comoranas, — las disposiciones para la vigilancia de las actividades pesqueras en aguas comoranas con objeto de garantizar el cumplimiento de las citadas condiciones, la eficacia de las medidas de conservación y de gestión de los recursos pesqueros, y la lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, — las asociaciones entre empresas tendentes a desarrollar actividades económicas en el sector pesquero y actividades afines, en aras del interés común.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2006:1563:oj#art-1