Art. 1

Art. 1

En vigor desde 26 sept 2006
Artículo 1 El organismo de intervención húngaro procederá a la puesta en venta, mediante licitación permanente en el mercado interior de la Comunidad, de 200 000 toneladas de maíz que obran en su poder.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2006:1414:oj#art-1