Art. 6 · Disposiciones de aplicación del régimen

Art. 6

Disposiciones de aplicación del régimen

En vigor desde 18 sept 2006
Artículo 6 Disposiciones de aplicación del régimen Las disposiciones de aplicación de este capítulo se adoptarán conforme al procedimiento que se establece en el artículo 15, apartado 2. Esas disposiciones precisarán las condiciones en las que Grecia podrá modificar las cantidades y los recursos asignados cada año a los distintos productos acogidos al régimen específico de abastecimiento y establecerán, en su caso, un sistema de expedición de certificados.
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