Art. 13
Proyecto de programa de apoyo
En vigor desde 18 sept 2006
Artículo 13
Proyecto de programa de apoyo
1. Grecia presentará a la Comisión un proyecto de programa de apoyo en el marco de la dotación financiera a que se refiere el artículo 12, apartados 2 y 3, a más tardar el 31 de octubre de 2006.
El proyecto de programa de apoyo incluirá un proyecto de plan de previsiones de abastecimiento en el que constarán los productos, sus cantidades y el importe de la ayuda para el abastecimiento a partir de la Comunidad, así como un proyecto de programa de apoyo de la producción local.
2. La Comisión evaluará el programa de apoyo propuesto y decidirá si lo aprueba o no de conformidad con el procedimiento contemplado en el artículo 15, apartado 2.
3. El programa de apoyo se iniciará el 1 de enero de 2007.
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