Art. 3
En vigor desde 24 jul 2006
Artículo 3
Para las necesidades de registro de los precios de mercado, la canal se presentará con el cuello cortado con arreglo a las prescripciones de veterinarios, y sin que se le haya recortado la grasa superficial:
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sin riñones, grasa de riñonada ni grasa pélvica,
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sin pilar medio del diafragma ni pilares de diafragma,
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sin rabo,
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sin médula espinal,
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sin grasa de testículo,
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sin corona de la cara interna de la pierna,
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sin gotera yugular (vena de grasa).
No obstante, se autoriza a los Estados miembros para aceptar presentaciones diferentes cuando no se utilice la presentación de referencia.
En tal caso, las correcciones necesarias para pasar de dichas presentaciones a la presentación de referencia se determinarán de acuerdo con el procedimiento contemplado en el artículo 43, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1254/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece el modelo comunitario de clasificación de las canales de vacuno pesado (5).
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