Art. 1

Art. 1

En vigor desde 24 jul 2006
Artículo 1 1.   Se establece un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de mecanismos de palanca para archivar hojas y otros documentos en carpetas o clasificadores clasificados en el código NC ex 8305 10 00 (código Taric 8305 10 00 50) originarios de la República Popular China. 2.   El tipo del derecho antidumping definitivo aplicable al precio neto franco frontera de la Comunidad, antes del despacho de aduana, de los productos descritos en el apartado 1 y fabricados por las empresas enumeradas a continuación será el siguiente: Fabricante Derecho antidumping Código TARIC adicional Dongguan Nanzha Leco Stationery The First Industrial Camp, Nanzha, Humen, Dongguan, China 27,1  % A729 Todas las demás empresas 47,4  % A999 3.   Salvo que se disponga lo contrario, serán aplicables las disposiciones vigentes en materia de derechos de aduana.
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