Art. 10
Componente de desarrollo regional
En vigor desde 17 jul 2006
Artículo 10
Componente de desarrollo regional
1. El componente de desarrollo regional servirá para prestar apoyo a los países enumerados en el anexo I en la elaboración de políticas y la preparación para la aplicación y gestión de la política de cohesión de la Comunidad, sobre todo en lo que respecta a su preparación para el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y el Fondo de Cohesión.
2. Este componente podrá contribuir, en especial, a la financiación de acciones similares a las que se realizan en el marco del Reglamento (CE) no 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (15), y del Reglamento (CE) no 1084/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se crea el Fondo de Cohesión (16).
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