Art. 1

Art. 1

En vigor desde 3 jul 2006
Artículo 1 Los anexos I y II del Reglamento (CE) no 1008/2006 se sustituyen por el texto que aparece en el anexo del presente Reglamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2006:1011:oj#art-1