Art. 14 · Derogación

Art. 14

Derogación

En vigor desde 21 jun 2006
Artículo 14 Derogación Les Reglamentos (CEE) no 411/88, (CEE) no 1643/89, (CEE) no 2734/89, (CEE) no 3492/90, (CEE) no 3597/90, (CEE) no 147/91 y (CE) no 2148/96 quedarán derogados a partir del 1 de octubre de 2006. Las referencias a los Reglamentos derogados se entenderán como referencias al presente Reglamento y se leerán de acuerdo con los cuadros de correspondencia que figuran en el anexo XVI.
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