Art. 2

Art. 2

En vigor desde 20 jun 2006
Artículo 2 El anexo II del Reglamento (CE) no 138/2004 queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo II del presente Reglamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2006:909:oj#art-2