Art. 1
En vigor desde 19 jun 2006
Artículo 1
Los anexos I y II del Reglamento (CE) no 731/2006 se sustituirán por los anexos I y II del presente Reglamento.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2006:903:oj#art-1