Art. 10 · Comité

Art. 10

Comité

En vigor desde 19 jun 2006
Artículo 10 Comité 1.   La Comisión estará asistida por el Comité de gestión de la carne y huevos de aves de corral. 2.   En los casos en que se haga referencia al presente artículo, serán de aplicación los artículos 4 y 7 de la Decisión 1999/468/CE. El plazo contemplado en el artículo 4, apartado 3, de la Decisión 1999/468/CE queda fijado en un mes. 3.   El Comité aprobará su reglamento interno.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2006:1028:oj#art-10