Art. 33.tit_1 · Aplicación del presente Reglamento a los traslados exclusivamente en el interior de los Estados miembros

Art. 33.tit_1

Aplicación del presente Reglamento a los traslados exclusivamente en el interior de los Estados miembros

En vigor desde 14 jun 2006
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2006:1013:oj#art-33.tit_1