Art. 1

Art. 1

En vigor desde 30 may 2006
Artículo 1 El Reglamento (CE) no 1168/2005 queda modificado como sigue: 1) En el artículo 1, la cifra de «121 525 toneladas» queda sustituida por la de «211 705 toneladas»; 2) En el título del anexo, la cifra de «121 525 toneladas» queda sustituida por la de «211 705 toneladas».
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