Art. 28 · Tramitación por la aduana

Art. 28

Tramitación por la aduana

En vigor desde 4 may 2006
Artículo 28 Tramitación por la aduana Después de rellenar la casilla 27, la aduana a que se refiere el artículo 27 devolverá el original del permiso de exportación o del certificado de reexportación (formulario número 1) y la copia destinada al titular (formulario número 2) al exportador o reexportador o a su representante autorizado. La copia a devolver por la aduana a la autoridad expedidora (formulario número 3) del permiso de exportación o del certificado de reexportación se cursará con arreglo al artículo 45.
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