Art. 1 · Agotamiento de la cuota

Art. 1

Agotamiento de la cuota

En vigor desde 19 abr 2006
Artículo 1 Agotamiento de la cuota La cuota de pesca asignada para el año 2006 al Estado miembro mencionado en el anexo del presente Reglamento respecto a la población citada en dicho anexo se considerará agotada a partir de la fecha indicada en éste.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2006:614:oj#art-1