Art. 4
Excepciones al requisito de establecer un programa de cría
En vigor desde 31 mar 2006
Artículo 4
Excepciones al requisito de establecer un programa de cría
De conformidad con el primer guión del artículo 3, apartado 1, de la Decisión 2003/100/CE, se concede a los Estados miembros enumerados en el anexo la excepción al requisito de establecer un programa de cría conforme a las disposiciones del artículo 2, apartado 1, de la mencionada Decisión.
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