Art. 1
En vigor desde 30 mar 2006
Artículo 1
A efectos de la 22a licitación parcial de azúcar blanco, realizada en virtud del Reglamento (CE) no 1138/2005, el importe máximo de la restitución por exportación será de 27,260 EUR/100 kg.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2006:519:oj#art-1