Art. 1
En vigor desde 10 mar 2006
Artículo 1
El artículo 1 del Reglamento (CE) no 343/2006 se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 1
Las compras de mantequilla contempladas en el artículo 6, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1255/1999 quedan abiertas en los siguientes Estados miembros:
—
Alemania
—
Estonia
—
España
—
Francia
—
Italia
—
Irlanda
—
Letonia
—
Países Bajos
—
Polonia
—
Portugal
—
Finlandia
—
Suecia
—
Reino Unido.».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2006:418:oj#art-1