Art. 1
En vigor desde 27 feb 2006
Artículo 1
1. Se suprime el artículo 1, apartado 3, del Reglamento (CE) no 1676/2001 vigente el día de la publicación del presente Reglamento.
2. El artículo 1, apartado 4, del Reglamento (CE) no 1676/2001 vigente el día de la publicación del presente Reglamento pasa a ser el artículo 1, apartado 3.
3. Se suprime el artículo 2 del Reglamento (CE) no 1676/2001 vigente el día de la publicación del presente Reglamento.
4. Los artículos 3 y 4 del Reglamento (CE) no 1676/2001 vigente el día de la publicación del presente Reglamento pasan a ser los artículos 2 y 3.
Historial de versiones
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