Art. 1
En vigor desde 24 feb 2006
Artículo 1
Las compras de mantequilla, contempladas en el artículo 6, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1255/1999, quedan abiertas en los siguientes Estados miembros:
—
Alemania,
—
Estonia,
—
España,
—
Francia,
—
Irlanda,
—
Países Bajos,
—
Polonia,
—
Portugal,
—
Suecia,
—
Reino Unido.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2006:343:oj#art-1