Art. 3
Precios de referencia
En vigor desde 20 feb 2006
Artículo 3
Precios de referencia
1. El precio de referencia del azúcar blanco será de:
a)
631,9 euros por tonelada en cada una de las campañas de comercialización 2006/2007 y 2007/2008;
b)
541,5 euros por tonelada en la campaña de comercialización 2008/2009;
c)
404,4 euros por tonelada a partir de la campaña de comercialización 2009/2010.
2. El precio de referencia del azúcar en bruto será de:
a)
496,8 euros por tonelada en cada una de las campañas de comercialización 2006/2007 y 2007/2008;
b)
448,8 euros por tonelada en la campaña de comercialización 2008/2009;
c)
335,2 euros por tonelada a partir de la campaña de comercialización 2009/2010.
3. Los precios de referencia indicados en los apartados 1 y 2 se aplicarán al azúcar sin envasar, en posición salida de fábrica. Se aplicarán al azúcar blanco y al azúcar en bruto de la calidad tipo descrita en el anexo I.
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