Art. 5
Prescripciones relativas a la gestión de la seguridad
En vigor desde 15 feb 2006
Artículo 5
Prescripciones relativas a la gestión de la seguridad
Los buques contemplados en el artículo 3, apartado 1, y las compañías que los exploten cumplirán los requisitos de la parte A del Código IGS.
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