Art. 13 · Acceso a la justicia

Art. 13

Acceso a la justicia

En vigor desde 18 ene 2006
Artículo 13 Acceso a la justicia El acceso a la justicia se garantizará, en los asuntos relacionados con el acceso del público a la información medioambiental, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Directiva 2003/4/CE, y, en los casos en que las instituciones de la Comunidad se vean afectadas, con lo dispuesto en los artículos 6, 7 y 8 del Reglamento (CE) no 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (11).
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