Art. 1
En vigor desde 12 ene 2006
Artículo 1
En relación con la licitación permanente abierta por el Reglamento (CE) no 582/2004, para el período de licitación que concluye el 10 de enero de 2006, el importe máximo de la restitución para el producto y los destinos a que se refiere el apartado 1 del artículo 1 de dicho Reglamento será 12,20 EUR/100 kg.
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