Art. 1
En vigor desde 5 ene 2006
Artículo 1
Para las ofertas comunicadas entre el 30 diciembre 2005 al 5 de enero de 2006 en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) no 1059/2005, la restitución máxima a la exportación de trigo blando se fijará en 8,49 EUR/t.
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