Art. 31 · Derogación

Art. 31

Derogación

En vigor desde 21 dic 2005
Artículo 31 Derogación Queda derogado el Reglamento (CE) no 88/98. Las referencias al Reglamento derogado se entenderán hechas al presente Reglamento y se interpretarán de acuerdo con la tabla de correspondencias que figura en el anexo V.
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