Art. 1
Reapertura de la pesquería
En vigor desde 20 dic 2005
Artículo 1
Reapertura de la pesquería
La pesquería de espadín en la zona CIEM IIIa por parte de los buques que enarbolan pabellón de Dinamarca o que están registrados en Dinamarca debe reabrirse el 28 de noviembre de 2005.
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