Art. 3
En vigor desde 19 dic 2005
Artículo 3
El Reglamento (CE) no 1874/2004 de la Comisión (4) queda derogado a partir del 1 de enero de 2006.
Las referencias hechas al Reglamento derogado se entenderán hechas al presente Reglamento.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2005:2083:oj#art-3