Art. 10 · Respeto de los principios fundamentales y refuerzo de los mercados locales

Art. 10

Respeto de los principios fundamentales y refuerzo de los mercados locales

En vigor desde 21 nov 2005
Artículo 10 Respeto de los principios fundamentales y refuerzo de los mercados locales 1.   A fin de acelerar la erradicación de la pobreza mediante la promoción de las capacidades, los mercados y las adquisiciones locales, deberá prestarse particular consideración a la contratación pública local y regional en los países socios. 2.   Los licitadores a quienes se hayan adjudicado contratos respetarán las normas laborales fundamentales internacionalmente reconocidas, es decir, las normas laborales fundamentales de la OIT, los convenios sobre libertad de asociación y negociación colectiva, eliminación del trabajo forzoso u obligatorio, eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación, y abolición del trabajo infantil. 3.   El acceso de los países en desarrollo a la ayuda exterior comunitaria se posibilitará mediante toda la asistencia técnica que se considere adecuada.
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