Art. 1

Art. 1

En vigor desde 16 nov 2005
Artículo 1 Los Estados miembros indicados seguidamente expedirán el 21 de noviembre de 2005 certificados de importación para productos del sector de la carne de vacuno, expresados en carne deshuesada, originarios de determinados Estados de África, del Caribe y del Pacífico, por las cantidades y países de origen que se expresan a continuación: Reino Unido: — 160 t originarias de Botsuana, — 367 t originarias de Namibia; Alemania: — 123,1 t originarias de Namibia.
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