Art. 16
En vigor desde 9 nov 2005
Artículo 16
1. El anuncio de licitación permanente se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea al menos ocho días antes del vencimiento del primer plazo de presentación de las ofertas.
2. Durante el período de validez de la licitación permanente, los organismos de intervención procederán a la celebración de licitaciones específicas, las cuales indicarán concretamente la dirección de presentación de las ofertas y el plazo de vencimiento.
3. El plazo de presentación de las ofertas de cada una de las licitaciones específicas expirará a las 11.00 horas (hora de Bruselas) del segundo y cuarto martes de cada mes, con excepción del segundo martes del mes de agosto y del cuarto martes del mes de diciembre. Si el martes coincidiera con un día festivo, el plazo vencerá a las 11.00 horas (hora de Bruselas) del día hábil anterior.
4. En el plazo contemplado en el apartado 3, los Estados miembros enviarán a la Comisión un cuadro sinóptico en el que se indicarán las cantidades y los importes ofrecidos por los licitadores conforme a lo dispuesto en la presente sección.
En caso de que no se haya presentado oferta alguna, los Estados miembros lo comunicarán a la Comisión en el mismo plazo. No obstante, en el caso de las ventas de mantequilla de intervención, habrá que proceder a esta comunicación únicamente si hay mantequilla disponible para la venta en el Estado miembro de que se trate.
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