Art. 3
En vigor desde 20 oct 2005
Artículo 3
1. En casos excepcionales y debidamente justificados, los Estados miembros podrán utilizar otros métodos objetivos, tales como el método del coste de utilización.
No se exigirá ninguna justificación para calcular la producción de viviendas ocupadas por sus propietarios con el método del coste de utilización, siempre y cuando se cumplan las dos condiciones siguientes:
a)
los alquileres del sector de alquiler privado deben representar menos del 10 % del parque de viviendas, y
b)
la diferencia entre los alquileres privados y otros alquileres pagados debe ser superior a un factor de tres.
2. En el plazo de tres años a partir de la fecha de adopción del presente Reglamento, el Comité RNB revisará el funcionamiento del método del coste de utilización.
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