Art. 5

Art. 5

En vigor desde 28 sept 2005
Artículo 5 El organismo de intervención alemán notificará a la Comisión las ofertas recibidas, a más tardar dos horas después de haber expirado el plazo de presentación de las mismas. Esta comunicación se realizará por vía electrónica, utilizando el formulario que figura en el anexo I.
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