Art. 2
En vigor desde 19 ago 2005
Artículo 2
Durante los diez primeros días del mes de septiembre de 2005, podrán presentarse solicitudes de certificado, con arreglo al artículo 4, apartado 2, del Reglamento (CE) no 2247/2003, para las cantidades de carne de vacuno deshuesada siguientes:
Botsuana:
13 186 t,
Kenia:
142 t,
Madagascar:
7 579 t,
Suazilandia:
3 337 t,
Zimbabue:
9 100 t,
Namibia:
5 175 t.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2005:1365:oj#art-2