Art. 1
En vigor desde 12 ago 2005
Artículo 1
Las compras de mantequilla contempladas en el artículo 6, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1255/1999 quedan suspendidas en Bélgica, en la República Checa, en Dinamarca, en Alemania, en Estonia, en Francia, en Irlanda, en Italia, en Chipre, en Hungría, en Malta, en Grecia, en Luxemburgo, en los Países Bajos, en Austria, en Portugal, en Eslovenia, en Eslovaquia, en Finlandia, en Suecia y en el Reino Unido.
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