Art. 1

Art. 1

En vigor desde 10 ago 2005
Artículo 1 El organismo de intervención sueco procederá a la puesta a la venta mediante licitación permanente en el mercado interior de la Comunidad de una cantidad total de 59 038 toneladas de azúcar en bruto que obran en su poder, aceptadas en intervención antes del 31 de marzo de 2005.
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