Art. 2
En vigor desde 13 jul 2005
Artículo 2
Las solicitudes de certificados de importación de arroz del código NC 1006 , presentadas desde el 4 de julio de 2005, a las 13.00 horas, hasta el final del año 2005, dejarán de dar lugar a la expedición de certificados de importación al amparo del contingente abierto por el Reglamento (CE) no 955/2005.
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