Art. 3
Modificación del Reglamento (CE) no 2160/2003
En vigor desde 30 jun 2005
Artículo 3
Modificación del Reglamento (CE) no 2160/2003
En el anexo I del Reglamento (CE) no 2160/2003, el texto de la columna 4 de la primera fila se sustituirá por el texto siguiente:
«18 meses después de la entrada en vigor del presente Reglamento».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2005:1003:oj#art-3